El 3 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que cambio las reglas del juego para cientos de empresas exportadoras en México. Este acuerdo establece un nuevo requisito: el Aviso Automática de Exportación (AAE) con impacto para una lista de mercancías clave de sectores como alimentos, tecnología, automotriz y electrónico. Esta nueva disposición entra en vigor el 7 de julio de 2025, y no distingue entre exportaciones definitivas o temporales.
Esta vez, explicaremos lo sucedido desde un enfoque práctico y operativo, todo lo que necesitas saber: qué es este aviso, qué productos abarca, cómo tramitarlo paso a paso, quiénes se ven más afectados, el impacto que tendrá en temas de comercio y logística, y cómo evitar bloqueos logísticos que puedan paralizar tu cadena exportadora.
¿Qué es el Aviso Automático de Exportación y por qué se creó?

El Aviso Automático de Exportación (AAE) es un instrumento regulatorio emitido por la Secretaría de Economía, con fundamento en el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior. No se trata de un permiso restrictivo, sino de un mecanismo de monitoreo obligatorio que permite a la autoridad llevar un registro detallado de las exportaciones de productos considerados estratégicos.
El motivo detrás de su creación está estrechamente ligado al Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en el que se establece la necesidad de fomentar la reindustrialización con contenido nacional, elevar el valor agregado de lo que México exporta, y tener mayor trazabilidad sobre cadenas de suministro que atraviesan múltiples fronteras.
Además, el AAE busca:
- Combatir prácticas como la subvaluación, triangulación de origen o clasificación incorrecta.
- Fortalecer sectores estratégicos ante el nearshoring.
- Generar datos más precisos para decisiones de política industrial.
- Identificar oportunidades de integración y relocalización industrial.
Aunque el aviso ya existía para productos como el jitomate, ahora se amplia a 30 fracciones arancelarias con impacto directo en sectores de alto dinamismo.
¿Qué mercancías están sujetas al nuevo aviso?
El nuevo esquema aplica a 30 fracciones arancelarias distribuidoras en productos de los capítulos 22, 71, 84, 85, 90 y 94 de la TIGIE. Entre los más relevantes se encuentran:
- Bebidas alcohólicas: cerveza de malta (2203.00.01), tequila (2208.90.03)
- Metales preciosos: oro en bruto (7106.91.01)
- Partes para motores (8409.91.99), convertidores catalíticos (8421.32.01)
- Electrodomésticos y equipos electrónicos: refrigeradores (8418.10.01), pantallas planas para autos (8528.72.06)
- Componentes tecnológicos: laptops (8471.30.01), unidades de memoria (8471.70.01), unidades de procesamiento (8471.50.01), cables de fibra óptica (8544.70.01)
- Instrumental médico y equipos de regulación automática: (9018.39.99, 9032.89.99)
- Otros componentes industriales como transformadores, aparatos de telecomunicaciones y piezas para equipos electrónicos.

Este listado será actualizado en el portal del SNICE, donde también se publicará el formato oficial en Excel que debe usarse para la solicitud.
¿Cómo impacta a los exportadores de tecnología, alimentos y manufactura avanzada?
Este nuevo esquema tiene efectos diferenciados dependiendo del tipo de producto, su ciclo de producción y el régimen bajo el cual se exporta. A continuación, se describe el impacto por sector:
Tecnología y electrónicos:

- Alto impacto: las fracciones arancelarias de laptops, memorias, unidades de procesamiento y partes electrónicas están sujetas al AAE.
- Estas mercancías suelen tener cadenas de suministro just-in-time. Cualquier retraso puede afectar compromisos internacionales y contratos logísticos.
- La industria electrónica debe automatizar urgentemente este trámite y prever buffers de tiempo en sus operaciones.
Alimentos y bebidas:
- Cerveza y tequila son exportaciones insignia de México. Estas empresas ya cuentan con estructuras sólidas de comercio exterior, pero ahora deberán integrar este nuevo trámite a su ciclo exportador.
- Aunque el impacto operativo es menor, la omisión del aviso puede frenar embarques enteros, afectando acuerdos comerciales internacionales.
Manufactura avanzada:
- Productos de distintos sectores como convertidores catalíticos, partes para motores o cables de fibra óptica están integrados en cadenas automotrices o de telecomunicaciones.
- Estas industrias operan con pedimentos consolidados, lo que complica la gestión del AAE “por operación”.
- No hay excepción para monitorear, para operaciones IMMEX, ni para retornos, lo cual exige adoptar sus sistemas logísticos y administrativos.

Comparativo entre sectores
Sector | Riesgo logístico | Requiere aviso por pedimento | Exposición a regulaciones | Flexibilidad operativa |
---|---|---|---|---|
Electrónico | Alto | Sí | Alta | Baja |
Automotriz | Alto | Sí | Media | Media-Baja |
Alimentos y bebidas | Medio | Sí | Media | Alta |
Textil y calzado | Bajo | No (por ahora) | Alta (importación) | Media |
Los sectores con exportaciones de productos tecnológicos, automotrices y electrónicos son los que enfrentan mayores desafíos operativos y riesgos aduaneros si no automatizan el trámite.
¿Cómo se tramita el Aviso Automático de Exportación?
- Prepara un escrito libre firmado por el representante legal, en términos de la regla 1.3.5 de las Reglas de Comercio Exterior.
- Llena el formato oficial en Excel (disponible en el portal de SNICE). Este debe incluir:
- RFC, razón social, fracción arancelaria, país destino.
- Cantidad a exportar, valor en USD, descripción técnica.
- Declaración de componentes de acero (si aplica).
- Envía la solicitud por correo electrónico a: aviso.exportacion@economia.gob.mx
- Espera la respuesta de la DGFCCE, que puede tomar hasta 10 días hábiles.
- El aviso será enviado a los correos electrónicos autorizados
El aviso se debe tramitar por cada pedimento, lo cual puede representar una carga administrativa considerable en operaciones frecuentes o con mercancías consolidadas.
¿Cómo evitar bloqueos logísticos y automatizar el trámite?
Evitar bloqueos logísticos es fundamental para la exportación de mercancías sujetas al Aviso Automático de Exportación (AAE) fluya sin interrupciones. Un error mínimo puede representar días de atraso, costos innecesarios en almacenaje, penalizaciones contractuales o incluso la pérdida de clientes internacionales.

Para evitar estos riesgos, es indispensable implementar buenas prácticas como:
- Planificación anticipada de pedimentos
Debido a que el AAE debe solicitarse por cada pedimento, es necesario anticipar las exportaciones con al menos 10 días hábiles de antelación, considerando este plazo como el máximo que tiene la DGFCCE para responder. - Concentrar información técnica en un sistema de gestión
Centralizar la información en un software ERP o sistema aduanal puede facilitar el llenado del formato Excel, evitando errores en campos críticos como fracción arancelaria, país destino o valor comercial. - Asignar un equipo o responsable del trámite
Tener personal capacitado que se encargue exclusivamente de monitorear, llenar y enviar las solicitudes garantiza que no se omita ningún paso ni se repitan errores administrativos. - Automatizar el proceso con macros e integraciones
Si tu empresa realiza exportaciones recurrentes con productos similares, se pueden desarrollar macros en Excel o incluso integraciones API con sistemas como VUCEM para generar los formatos automáticamente con datos precargados desde tu sistema de inventarios o logística. - Auditorías internas de cumplimiento
Implementar revisiones semanales del estatus de avisos enviados, autorizados o pendientes es vital. Esto permite corregir a tiempo inconsistencias antes del despacho en aduana. - Monitorear la cuenta de correo usada para el trámite
La DGFCCE puede solicitar documentos a ese buzón es esencial para reaccionar rápidamente.
Riesgos por no cumplir con el Aviso Automático de Exportación
No presentar correctamente el AAE no solo retrasa operaciones: puede generar sanciones económicas, embargos precautorios y antecedentes negativos ante la Secretaría de Economía.
Estos son algunos de los riesgos más relevantes:
Tipo de riesgo | Supuesto | Impacto |
---|---|---|
Infracción aduanera (arts. 176 II y 178 IV LA) | No contar con el permiso al momento del despacho | Multa del 70% al 100% del valor comercial |
Infracción por datos inexactos (arts. 184 IIi y 185 II LA) | Errores u omisiones en la información del aviso | Multas de $2,330 a $3,310 MXN por documento |
Omisión o envío extemporáneo del AAE (arts. 184 IV y 185 III LA) | No transmitir o hacerlo fuera de tiempo el permiso | Multa de $3,990 a $6,680 MXN |
Embargo precautorio (art. 151 II LA) | Exportación sin cumplir regulaciones aplicables | Retención total de la mercancía |
Además, el artículo 176 de la Ley Aduanera establece que presentar documentos falsos o alterados puede llevar a la suspensión del Padrón de Exportadores Sectorial, lo cual inhabilita a la empresa para exportar esos productos.
Recomendaciones finales
- Consulta si tu producto está listado
Antes de realizar cualquier trámite, revisa si tu fracción arancelaria se encuentra en el acuerdo publicado el 3 de junio de 2025. Puedes hacerlo a través del portal del SNICE. - Capacita a tu personal de comercio exterior
Asegúrate de que el área de tráfico, logística o comercio exterior conozca el procedimiento, los plazos y la documentación que se debe entregar. - Establece una estrategia de calendarización mensual
Identifica los embarques previstos y comienza el trámite con suficiente antelación para evitar cuellos de botella. - Digitaliza y automatiza todo lo posible
Aprovecha plantillas, macros o soluciones aduanales que minimicen errores humanos y aceleren el procesamiento de solicitudes. - Haz pruebas con anticipación
Si es tu primera vez solicitando un AAE, te sugerimos hacer un “ensayo” con un embarque futuro, enviando toda la documentación en tiempo y forma para familiarizarte con los tiempos de respuesta de la DGFCCE. - Consulta con una Unidad de Verificación o asesor externo
Si tienes dudas sobre el llenado o interpretación de la fracción arancelaria, es mejor consultar antes que asumir: un error en la clasificación puede provocar el rechazo del aviso. - Documenta todo el proceso
Guarda acuses, correos, copias del aviso autorizado y formatos enviados. Esto sirve como respaldo en caso de inspección o disputa administrativa.
Una nueva era para gestión exportadora
La implementación del Aviso Automático de Exportación representa un punto de inflexión en la política comercial mexicana. Ya no se trata únicamente de cumplir con un trámite adicional, sino de adaptarse a un nuevo esquema de monitoreo estratégico del comercio exterior, donde la trazabilidad, la digitalización y el control de cadenas productivas serán piezas clave.

Este aviso no discrimina por tipo de exportación —ya sea definitiva o temporal, tradicional o virtual (IMMEX)—, por lo que todas las empresas involucradas en la exportación de las mercancías listadas deben prepararse sin excepción y aceptar el impacto que traerá este nuevo requisito.
En especial, los sectores con un alto grado de tecnificación o con vínculos a cadenas globales, como el electrónico, automotriz, alimentario y médico, tienen frente a sí un doble desafío: cumplir con el aviso y, al mismo tiempo, mantener la fluidez operativa para no frenar sus exportaciones.
Este nuevo requisito no solo es una medida administrativa: es un reflejo de la evolución del comercio global y de la necesidad de que México aproveche sus ventajas estratégicas en el marco del nearshoring, los acuerdos comerciales y su creciente peso en cadenas de valor regionales.
Prepararse desde ahora marcará la diferencia entre una empresa reactiva y una que lidera el comercio exterior de forma proactiva, eficiente y con visión de largo plazo.